(CNN Español) – El uso legal de la marihuana medicinal es un hecho en Perú. Este viernes se publicó oficialmente la ley que la regula, justo un día después de que el presidente Pedro Pablo Kuczynski firmara su aprobación. “El Perú está volteando varias páginas, avanzando hacia la modernidad y esta norma es una página importante porque rompe prejuicios y mitos”, aseguró el mandatario tras reiterar que la iniciativa permitirá aliviar los síntomas y mejorar la calidad de vida de muchos peruanos que sufren de enfermedades crónicas.
De hecho, el Ministerio de Salud precisó con cifras del Círculo de Investigación en Cannabis que son cerca de 1.000 pacientes los que actualmente usan la marihuana medicinal. En ese sentido, la ley establece que su objetivo es “garantizar el derecho a la salud y permitir el acceso, exclusivamente para uso medicinal y terapéutico, del cannabis y sus derivados”. Pero, ¿qué significa eso exactamente? y ¿cuáles son sus límites? Estas son las claves para entender la nueva normativa, que aún necesita reglamentarse, pero ya le da vía libre a ciertos desarrollos frente a la marihuana medicinal.
¿Qué está permitido?
La ley autoriza cuatro actividades para el cannabis y sus derivados, desde que sus fines sean exclusivamente medicinales y terapéuticos.
- Uso informado: específicamente para pacientes
- Investigación: en el caso de universidades e instituciones de salud y agrarias. La producción que requiera esta actividad sólo estará permitida para entidades públicas y laboratorios registrados que sean aprobados por el Ministerio de Salud.
- Importación
- Comercialización
Además, el Ministerio de Salud explicó en un comunicado que “las propiedades medicinales del aceite y pomadas de cannabis serán utilizadas en el tratamiento del dolor neuropático crónico, de convulsiones en pacientes con epilepsia refractaria, de esclerosis múltiple, Parkinson, diversos tipos de cáncer (incluyendo los vómitos y náuseas que soportan quienes reciben quimioterapia), entre otros.
¿Cualquier persona puede realizar estas actividades?
No. El Ministerio de Salud es el encargado de otorgar las licencias para investigar, importar, comercializar y producir marihuana y sus derivados con fines medicinales, según sea el caso. Para la licencia específica de investigación, los laboratorios deberán estar acreditados y certificados, además de proveer la descripción de los proyectos de investigación, los responsables técnicos, la duración de las iniciativas y el informe de los resultados.
Además, se crearán cuatro registros:
- Registro de pacientes usuarios: deberán estar certificados por el médico tratante. Este registro incluye, como mínimo, la información de la enfermedad, del profesional a cargo del paciente, la dosis y la frecuencia. Además, el Ministerio de Salud debe aprobar el protocolo de tratamiento para “los pacientes que reciban prescripción para el uso del cannabis y sus derivados”.
- Registro de personas naturales o jurídicas que importen o comercialicen el cannabis medicinal y sus derivados.
- Registro de entidades de investigación autorizadas a estudiar el cannabis y sus derivados para uso medicinal y terapéutico.
- Registro de entidades públicas y laboratorios debidamente registrados y certifi cados, autorizados para la producción.
¿Se pueden cancelar las licencias?
Sí. El Ministerio de Salud puede suspender o cancelar las licencias que haya otorgado anteriormente, a través de una resolución y “previo informe de los sectores involucrados”, en caso de que compruebe que se han incumplido las regulaciones de la ley.
¿Quién informará a los pacientes?
Justamente, al momento del registro, la cartera de Salud deberá proporcionarles obligatoriamente información a los pacientes sobre los beneficios y riesgos del tratamiento con cannabis y sus derivados.
¿Cómo queda, entonces, el Código Penal frente a la marihuana medicinal?
La nueva ley modifica tres artículos del Código Penal. De manera que, en el delito de “comercialización y cultivo de amapola y marihuana y su siembra compulsiva” quedan excluidos quienes tengan licencia para “la investigación, importación y/o comercialización y producción, del cannabis y sus derivados con fines medicinales y terapéuticos”. Ahora, si dicha licencia se incumple, la pena prevista (que va desde los 2 hasta los 15 años de prisión) podrá aplicarse.
En el caso de la posesión no punible de drogas, que para la marihuana tiene un máximo de ocho gramos y dos gramos cuando se trata de sus derivados, la excepción aplica solo para quienes estén en posesión del cannabis y sus derivados con fines medicinales y terapéuticos, “siempre que la cantidad sea la necesaria para el tratamiento del paciente registrado en el Ministerio de Salud” o para la investigación.
Finalmente, para el delito del suministro indebido de droga, la excepción también aplica cuando los pacientes a los que se les recetó marihuana medicina y sus derivados estén en el registro del Ministerio de Salud.
¿Qué proceso falta en la ley?
Como lo estableció el mismo Kuczynski, el siguiente paso es la reglamentación de la ley. En dicho proceso, indicó el mandatario, participarán diferentes sectores involucrados, para lograr una “asociación con el gobierno” que el encargado de “supervisar la operatividad” de la norma.